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La Justicia española da la razón a Guinea Ecuatorial e impide la paga de 656 millones a "El Pocero"

La Justicia española le da la razón a Guinea Ecuatorial y denega la reclamación de 656 millones a la empresa El pocero.



Hace 15 años atrás esta entidad firmó un acuerdo con el gobierno de Guineano para construir 36.000 viviendas y fábricas.


La ley española ha dado a Guinea Ecuatorial la razón ante el caso de reclamación por parte de la empresa de Francisco Hernando Contreras, conocido en el mundo del negocio como "Paco el Pocero" el cual exigía al país una suma de 656 millones de euros en concepto de intereses y por proyectos técnicos encargados que al final, no fueron realizados.


En el año 2017 el juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, estimó que la empresa El pocero, no tenía derecho a reclamar. Una sentencia que fue ratificada por la Audiencia provincial de Madrid.


La trama comienza en el 2008, cuando la empresa de Francisco Hernando Contreras llegó a un acuerdo con el gobierno ecuatoguineano para construir 36.000 viviendas y fábricas en las ciudades de Malabo, Bata y Oyala.


Pese al pacto entre ambos, el gobierno Ecuatoguineano decidió no seguir con lo establecido, situación que obligó a el Pocero presentar un laudo en el 2012 ante el centro Internacional de Areglo de diferencias relativas a Inversiones, a la que es el tribunal de arbitraje del banco Mundial (CIADI).


Dicha institución estimó que no tenía competencia para tratar el asunto, por lo que la defensa legal del constructor acudió a la justicia española, quien en primer momento, resolvió en contra de sus sus intereses. el 14 de Diciembre del pasado 2022, el supremo recuerda que el juzgado de instrucción número 26 ya desestimó la demanda por que las fábricas de Bata y Malabo, no daban las condiciones precisas para el cobro de honorarios. en tanto que lo que ambas partes pretendían construir nos se dió.


Cabe resaltar que las viviendas de Malabo y Bata no fueron objeto de contrato entre las partes, por lo que respecta al proyecto de Oyala, no consta si la adjudicación fue definitiva. El Juzgado denegó la acción subordinada, ya que no se habían cumplido las condiciones de las negociaciones.


REDACCIÓN; José Antonio EKÁ OBIANG MANGUE.

Fuente: la opinión de Murcia.

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